España debe cumplir las recomendaciones de Naciones Unidas

El tribunal Supremo ha dictaminado que el estado español tiene que aplicar las recomendaciones de las Naciones Unidas y lo ha condenado a indemnizar con seiscientos mil euros a la madre de una niña de siete años asesinada por el padre, condenado por maltratos, durante una visita no vigilada. La mujer había presentado una cincuentena de denuncias para impedir estos encuentros, pero no lo consiguió. Ahora el Supremo ha condenado el estado español porque no hizo caso de una resolución del Comité de las Naciones Unidas para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer que dictaminó que España había violado derechos fundamentales de esta madre y de su hija y pedía que lo indemnizara.

También exigía que se hiciera una investigación exhaustiva e imparcial para encontrar los errores administrativos que las habían desprotegidas, pero el gobierno español respondió que los dictámenes de la ONU no eran vinculantes, de forma que no estaban obligados a acatarlos.

Un tema muy serio

La sentencia va mucho más allá del caso concreto, porque el razonamiento jurídico, que establece jurisprudencia y doctrina, explica conceptos básicos sobre la responsabilidad del estado español de cumplir las recomendaciones de los comités de las Naciones Unidas y más tratados del derecho internacional subscritos por España.

El Supremo recuerda que el artículo 96 de la Constitución española reconoce como parte del ordenamiento jurídico interno la normativa internacional que haya sido ratificada y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que el artículo 10.2 dice que ‘las normas relativas a los derechos fundamentales se interpretan conforme la Declaración universal de los derechos humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre esta’.

Atención a la jurisprudencia

Así, la jurisprudencia creada por el Supremo afecta también casos diversos como la resolución del Comité de Derechos Humanos de la ONU instando España a respetar los derechos políticos de Jordi Sànchez y que Llarena no cumplió manteniéndolo encarcelado para impedirle ser investido. El texto dice que ‘se ha pedido al sido miembro [España] que tome todas las medidas necesarias para que Jordi Sànchez pueda ejercer sus derechos políticos de acuerdo con el artículo 25 del Convenio’.

En el mismo texto se indica que esta petición no implica ninguna decisión del comité sobre su caso sino que se trata de una petición cautelar un golpe la ONU admitió a trámite la demanda de Sànchez.

Derecho de autodeterminación

Otro derecho que España tiene que cumplir según el artículo 10.2 de la constitución española es el derecho de autodeterminación de los pueblos, reconocido unas cuántas veces por las Naciones Unidas.